lunes, 6 de diciembre de 2010

El presente blog tiene como objetivo brindar a todos los propietarios y conductores de vehiculo automotor ya sea de uso particular, de transporte público, de taxi, de carga, entre otros; un alcance de los conocimientos básicos que deben tener al momento que se les impone una papeleta de transito o resolución de sanción. Adicionalmente informarle si su vehiculo tiene papeletas impuestas, cual es el plazo para realizar el pago acogiéndose a los descuentos, resolver consultas por medio del presente blog o por correo electrónico, así como el de asesorarlo y elaborar los escritos para reclamar aquellas papeletas que considere que hayan sido impuestas de manera injusta.

Por lo cual empezaremos indicándole cuales son los conocimientos esenciales a tener en cuenta al momento de imponerse una papeleta, dependiendo de cual sea el marco legal que ampara dicho acto.

Es importante señalar que la única norma que rige a nivel nacional es el Reglamento Nacional de Transito - Decreto Supremo 016-2009-MTC, las restantes solo tienen competencia provincial dado que las municipalidades tienen la facultad de emitir sus propios marco legales, así por ejemplo la Municipalidad Metropolitana de Lima regula el servicio de Transporte Público, el servicio de taxi, el de carga, entre otros, a través de Ordenanzas los cuales serán detalladas.


Reglamento Nacional de Transito
Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito
Decreto Supremo 016-2009-MTC

El primer aspecto a tener en cuenta es que el presente reglamento tiene competencia a nivel nacional por lo que cualquier efectivo de la Policía Nacional del Perú  asignado al control de transito puede imponer una papeleta de transito debido a que es la única autoridad competente para fiscalizar el cumplimiento de las normas de transito.
En el caso de la red vial nacional y en la red vial departamental o regional la competencia esta a cargo del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, siendo los encargados de recaudar el dinero proveniente del pago de las infracciones y de resolver los reclamos a las papeletas impuestas.
En el resto de vias, es decir aquellas que se encuentran en la jurisdicción de cada provincia, son las municipalidades provinciales las encargadas de la recaudación y de resolver los reclamos que se impongan a las papeletas de transito, así por ejemplo las papeletas que se impongan en la provincia de Lima serán gestionadas tanto en su recaudación como en su reclamación por el SAT (Servicio de Administración Tributaria), a diferencia de la papeleta que se imponga en la Provincia Constitucional del Callao ya que será la Municipalidad del Callao la encargada de gestionar todo lo referente a las papeletas impuestas en su jurisdicción. Por esa razón es elemental tener la certeza de donde se cometió la infracción para saber donde se deberá efectuar el pago o en caso de querer reclamar hacerlo ante la autoridad competente.

Infracciones de transito

La infracción de transito es aquella acción u omisión que contraviene el reglamento nacional de transito y cuya falta esta debidamente tipificada, estas infracciones se califican para efectos de la sanción administrativa y dineraria según la gravedad en:

MG   = Muy grave
G      = Grave
L      = Leve

Dependiendo de la infracción cometida esta dará como consecuencia el descuento de una determinada cantidad de puntos el cual ocasionará, de ser el caso, hasta la suspensión definitiva de la licencia de conducir.

Sanción Dineraria

Cada papeleta tendrá un monto determinado el cual será establecido por la infracción (Muy grave, grave o leve) cuyo costo estará determinado según la Unidad Impositiva Tributaria.

Costos de las Multas:

M1:                  S/. 3600.oo 
M2 al M5:         S/. 1800.oo
M6 al M9:         S/.  864.oo
M10 al M36:     S/.  432.oo
G1 al G66:       S/.  288.oo
L1 al L8:          S/.  144.oo

Las papeleta tendrá un descuento del 83% hasta el séptimo (7) día hábil contados a partir del día siguiente de la imposición. En el caso de foto papeletas el plazo se contará a partir del día siguiente de la notificación en el domicilio del propietario, es decir, el que figura en la Tarjeta de Propiedad.

También se tendrá un segundo descuento del 67% desde el octavo (8) día hábil hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.

Luego de la notificación de la Resolución de Sanción el monto a pagar será del 100% de la multa con la posibilidad de que ingrese a Coactivo llegando en última circunstancia a la captura del vehículo.

Las papeletas que no tienen descuentos dada la gravedad de la infracción son:

M1   -       M2   -       M3   -       M4   -       M5   -       M6  
M7   -       M8   -       M9   -       M12 -       M16 -       M17
M20 -       M21 -       M23 -       M28 -       M29 -       M31
M32

Puntaje Papeletas
      


Responsabilidad de las infracciones de transito


Tipos de sanciones

Las sanciones que se impongan